El pasado 3 de octubre, una nueva Sentencia, de cláusulas abusivas nos da la razón, condenando a CAIXABANK,
S.A. a eliminar la limitación a la variación del tipo de interés prevista en el préstamo con garantía hipotecaria concertado entre las partes y devolver al cliente la cantidad correspondientes mas los intereses legales.
Así como, a eliminar la cláusula relativa a los gastos y, como efecto de la nulidad, a restituir a nuestro cliente la cantidad de 713,48 euros, así como al pago del interés legal de dicha suma calculado desde la firma de la escritura.

